INFORMATION ABOUT ANNULMENTS
INFORMACIÓN SOBRE LA ANULACIÓN DE MATRIMONIO
For more information and to talk confidentially about your case please call the Parish Office at (512) 863-3041.
DECLARATIONS OF NULLITY
The institution of marriage, by which a man and a woman become one in a partnership of the whole of life, was established by God. Moreover, the marriage covenant between two baptized persons has been raised by Christ the Lord to the dignity of a sacrament. So sacred is the bond of marriage that Christ Himself declared that what God has joined together no one is to divide. When a man and a woman exchange consent to marry, when they say "I do," they agree to enter that perpetual and ever faithful bond of marriage which is directed to their own wellbeing, and to the procreation and education of children. Sadly, however, the life of a marriage can be a fragile thing. Divorce has become one of the familiar tragedies of our day. Many marriages are not successful in spite of the good intentions of the spouses. This is true even when a family has been established, and the marriage has lasted for many years. The Church attempts always to be as sensitive and understanding as possible to the stress and pain that all this brings to people.
MARRIAGE IS PRESUMED VALID UNTIL PROVEN OTHERWISE
Once a marriage is entered into between any two persons, Catholic, Protestant, or non-Christian, it is presumed to be a valid and binding union until the contrary can be proven. And as long as a person is bound to a previous valid marriage, the Catholic Church does not permit a second marriage to take place. The Church has established certain procedures by which persons can attempt to prove that a previous marriage was not valid or binding, thereby assuring that they are free to marry according to the rites of the Church. This usually involves those persons who seek to marry in the Church, but have been previously married.
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Para tener más información y para hablar confidencialmente sobre su caso favor de llamar a:
Carmen Cortes-Harms a la oficina de la Parroquia al
(512) 863-3041 ext. 106.
Información Práctica para Casos de Nulidad Matrimonial
Las siguientes son posibles causas que pueden ser utilizadas en un caso de nulidad matrimonial ante un tribunal eclesiástico. Hay una breve descripción y una lista de preguntas relacionadas con cada una de las causas de nulidad. Los jueces toman la decisión de cada caso sólo si las causas pueden ser probadas por el testimonio presentado por las partes y sus testigos.
Si usted está comenzando un caso de nulidad matrimonial con el tribunal eclesiástico, un asesor de caso le ayudará a proponer las causas para su caso. Si usted ya comenzó un caso o si usted es la parte demandada en el caso, su abogado lo puede ayudar a un mejor entendimiento de las causas de nulidad propuestas. Si usted entiende que más de una causal podría usarse en su caso esto ayudaría a señalar a sus testigos. A los testigos se les harán preguntas referentes a la causal o causales de nulidad usadas en el caso.
Todo caso de nulidad matrimonial debe tener al menos una causa de nulidad. Al comienzo del proceso, las partes sugieren posibles causas de nulidad y explican por medio de declaraciones escritas el motivo por el cual piensan que esas causas de nulidad se aplican a su caso. Después de que ambas partes hayan tenido la oportunidad de hacer esto, los jueces fijarán la causa o causas de nulidad matrimonial para el caso. Las partes podrán expresar sus objeciones a las causas elegidas, si así lo desean, y los jueces pueden entonces reconsiderar. Las partes y los testigos darán testimonio sobre las causas de nulidad en el caso. Los jueces pueden seleccionar varias causas de nulidad; sin embargo, el testimonio de las partes y los testigos determinarán cuál causal de nulidad es la mejor para juzgar el caso.
Examinar las diferentes causas le hará recordar muchas cosas, tanto alegres como tristes. En un espíritu de oración y con la confianza de la gracia de Dios, permita que las siguientes páginas le ayuden a entender como un tribunal toma las decisiones en casos matrimoniales, y puede ser que le ayude a determinar cuál causa o causas de nulidad aplicarán a su caso.
Insuficiente Uso de Razón (Canon 1095 1º)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener un mínimo de razonamiento suficiente para saber y entender lo que es el matrimonio y lo que él o ella están haciendo al momento de casarse. Condiciones serial como la retardación mental profunda, ciertos desórdenes de personalidad, o estados de pérdidas de conocimiento (causados por la intoxicación por el alcohol, el uso de drogas, o trastornos convulsivos), pueden prevenir que una persona tenga capacidad de razonamiento durante una ceremonia matrimonial. Si a uno o a ambos cónyuges le falta el uso de razón durante la misma ceremonia matrimonial se puede considerar esta causa.
¿Abusó usted o su ex-cónyuge de las drogas o el alcohol hasta el punto de sufrir períodos de pérdidas de conocimiento? Si este es el caso, ¿usó usted o su ex-cónyuge drogas o alcohol antes de la ceremonia de la boda? ¿Estaba alguno de ustedes dos intoxicados, “dopados,” o “arrebatados” durante la ceremonia? ¿Fue alguno de los dos alguna vez diagnosticados con tener un bajo nivel de inteligencia o con problemas de aprendizaje serios, o con seria dificultad o capacidad para razonar? ¿Fueron alguno de los dos alguna vez diagnosticado con una discapacidad mental o una enfermedad mental que causara episodios de pérdida de conocimiento o de delirio? Si este es el caso, ¿sucedió un tal episodio al momento de la ceremonia matrimonial? ¿Sufre usted o su ex-cónyuge de epilepsia y convulsiones? Si es el caso, ¿se manifestó una convulsión antes de la ceremonia de la boda?
Grave defecto de discreción de juicio (Canon 1095 2º)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona deberá tener sano uso de razón y madurez de juicio. Esto quiere decir que la persona está tomando una decisión prudente y libre, después de hacer un juicio cuidadoso, de entrar al matrimonio con la persona elegida, y que esa decisión no fue impulsiva o sin deliberación. Si uno o ambos cónyuges les faltaba el conocimiento suficiente acerca del matrimonio o que fallaron en ejercer madurez de juicio al tomar la decisión de contraer matrimonio, esta causa puede ser tomada en cuenta. El requisito de una grave falta de discreción de juicio hace que esta causa sea difícil de comprobar.
¿Tuvo usted o su ex-cónyuge extremadamente poca o ninguna experiencia de salir con otras personas antes de que se comprometieran? ¿Estaban uno de ustedes “recuperándose” de un noviazgo roto o de un matrimonio previo cuando decidieron entrar a este matrimonio? ¿Vieron ustedes el matrimonio simplemente como “el próximo paso a dar” sin mucha consideración? ¿Salieron ustedes en citas de novios por un breve período? ¿Fue la decisión para casarse tomada impulsivamente, o sin pensarlo mucho? ¿Alguno de los dos tomó alguna vez decisiones inmaduras o impulsivas en otras áreas de sus vidas (carrera, finanzas, etc.)? ¿Podrían decir ustedes que no se conocían lo suficientemente bien como para casarse cuando lo hicieron? ¿Fue la decisión de casarse basada en algún asunto urgente o circunstancia (por ejemplo, un embarazo pre-matrimonial, dificultades en el hogar, presión de grupo, para escaparse de otra relación? ¿Su familia o amigos expresaron seria preocupación acerca de este matrimonio y ustedes escogieron ignorarlos?
Incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio (Canon 1095 3º)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener la habilidad sicológica de sobrellevar y vivir las obligaciones de por vida de un matrimonio. Una persona no puede dar consentimiento para algo que está más allá de su capacidad sicológica. Aunque la condición se haya manifestado o haya sido diagnosticada poco después del matrimonio, si es que la persona estaba ya afligida al momento de su matrimonio por una condición siquiátrica o sicológica que le impedía asumir las obligaciones matrimoniales, el matrimonio es inválido. Se debe comprobar tal condición, y a menudo el Tribunal requiere una evaluación actualizada por un profesional de salud mental. Debido a que la causa de nulidad requiere incapacidad y no mera disminución de la capacidad, puede que sea difícil de comprobar.
¿Ha sido usted o su ex-cónyuge diagnosticado con una seria enfermedad sociológica? Aún sin un diagnóstico específico, ¿alguno de ustedes sufría de una enfermedad mental seria al momento de su matrimonio? ¿Alguno de ustedes tenía adicción al momento de la boda (alcohol, drogas, medicinas recetadas, etc.)? Si la respuesta a cualquiera de estas preguntas fue sí, ¿le impidió la enfermedad o adicción a cualquiera de ustedes vivir el compromiso que hizo para sí o para sus hijos? En el momento de su matrimonio, ¿alguno de ustedes tenía algún trastorno sexual grave, serias dudas sobre su identidad sexual o la homosexualidad? Si es así, ¿afectó esto a la capacidad de vivir el compromiso esencial matrimonial?
Ignorancia de la naturaleza del matrimonio (Canon 1096)
Para entrar en un matrimonio válido, una persona debe tener conocimiento básico (por ejemplo: no ser ignorante) de lo que se trata el matrimonio. Un elemento necesario de ese conocimiento es saber que el matrimonio es una alianza permanente entre un hombre y una mujer. Si una persona de verdad no tiene el conocimiento que el matrimonio es una tal alianza, a causa de circunstancias trágicas o extremadamente disfuncionales en su historial personal o familiar, esta causa se le puede aplicar.
¿Sabe usted si o su ex-cónyuge si vienen de una familia con antecedentes de muchos divorcios, separaciones o de relaciones de uniones libres? ¿Algunos de ustedes tuvo la experiencia de haberse criado en varios hogares, sea entre familiares o familias escogidas? ¿Fueron alguno de los dos criados en una institución como un orfanato? Si es el caso, ¿podrían decir que nunca tuvieron un modelo de un matrimonio sano o feliz? ¿Podría decir que usted o su ex-cónyuge desconocían al casarse que el matrimonio era una alianza permanente? ¿Fueron alguno de los dos criados en un ambiente demasiado protegido (en grado poco saludable)? ¿Hubo algunos factores culturales que influenciaron su conocimiento de lo que se trataba el matrimonio? ¿Quedó alguno de ustedes sorprendido o escandalizado al casarse y enterarse de lo que se trataba el matrimonio? ¿Se separaron o divorciaron rápidamente después de descubrir lo que era el matrimonio?
Ignorancia de la Naturaleza Sexual del Matrimonio (Canon 1096)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe tener el conocimiento básico de lo que se trata el matrimonio (por ejemplo: no ser ignorante). Un elemento necesario de ese conocimiento es que a causa de su naturaleza el matrimonio implica la apertura a tener hijos por medio de la cooperación sexual entre los cónyuges. Aunque tal ignorancia no se presume en personas más allá de la pubertad, se puede considerar esta causa de nulidad si uno o ambos cónyuges están verdaderamente ignorantes de esto.
¿Era usted o su ex-cónyuge demasiado joven cuando comenzaron a salir como novios? Si este fue el caso, ¿fue éste el único noviazgo que habían tenido antes de casarse? ¿Algunos de los dos fue criado en un hogar donde no había ninguna discusión acerca de la sexualidad? ¿Alguno de ustedes entró al matrimonio sin ningún conocimiento absoluto de la sexualidad humana o del coito sexual? ¿Fueron alguno de los dos criados en un ambiente demasiado protegido o reprimido sexualmente (en grado poco saludable)? ¿Hubo algunos factores culturales que influenciaron su conocimiento de lo que era la sexualidad humana o el coito sexual? ¿Quedó alguno de ustedes sorprendido o escandalizado al casarse y aprender acerca de la sexualidad o el coito? ¿Se separaron poco después del matrimonio por la falta de disposición de tener relaciones sexuales?
Error en la persona (canon 1097 §1)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe conocer a la persona con la que se está casando. En otras palabras, el consentimiento matrimonial se intercambia entre un hombre específico o una mujer específica que se conoce verdaderamente la identidad del otro. Si uno de los cónyuges cometió un error sustancial de juicio acerca de la verdadera identidad de su cónyuge, en otras palabras, se casó con la persona equivocada, esta causa puede ser considerada. El error no tiene que ver con los detalles de la personalidad ni de comportamiento, sino un serio error en cuanto a la identidad del otro cónyuge.
¿Fue su matrimonio arreglado por otra persona? ¿Usted y su exesposo se pusieron de acuerdo para casarse a través de un pedido por correo? ¿Usted conoció a su ex cónyuge en la ceremonia o corto tiempo después? ¿Fue su noviazgo a larga distancia? ¿Pasaron ustedes en realidad poco tiempo junto, a solas, antes de casarse? ¿Fue su ex cónyuge la persona que usted pensaba con la cual se iba a casar? ¿Usted descubrió después de casarse que la persona con quien se casó no era, de hecho, la persona con la cual usted pensaba casarse? ¿Usted reaccionó con asombro y sorpresa cuando descubrió el error? ¿Se separó usted inmediatamente después, o cambió su relación matrimonial de inmediato?
Error en una cualidad directa y principalmente querida de la persona (canon 1097 §2)
Para entrar a un matrimonio válido, una persona debe conocer las cualidades esenciales de la persona con la que se está casando. Si al momento del matrimonio, un cónyuge se equivocó acerca de una cualidad directa y principalmente prevista en el otro cónyuge (casi como una condición para el matrimonio), entonces esta causa puede ser considerada. Esta causa de nulidad puede ser aplicada si usted y su ex-cónyuge pretendían casarse con una persona que poseía cierta cualidad (quizás de naturaleza moral, social, física, religiosa, sicológica o legal) y la razón primordial por haber entrado a este matrimonio era porque creía que el pretendido cónyuge tenía esa cualidad. La cualidad prevista debe ser de tal magnitud que sin ella, la persona no se hubiera casado con él/ella.
¿Hubo una cierta cualidad o rasgo que usted o su ex-cónyuge buscaban en un futuro esposo o esposa (por ejemplo, cierto nivel social, estado matrimonial, educación, cierta profesión, convicción religiosa, libre de adicción o enfermedad, libre de un historial de arresto)? ¿Consideraba usted o su ex-cónyuge ese rasgo tan importante en su futuro cónyuge que se hubieran casado con otra persona que tuviera ese rasgo? ¿Se hubiese cancelado este matrimonio al saber que la otra persona no tenía ese rasgo? ¿Cuándo supieron que la persona no poseía esa cualidad, se reaccionó con asombro o sorpresa? ¿Se separaron inmediatamente después, o cambió su relación matrimonial inmediatamente después?
Dolo (engaño) (canon 1098)
Una persona que entra en el matrimonio engañado por dolo, el cual se comete para obtener el consentimiento matrimonial de la otra persona, se casa inválidamente. El dolo es un acto intencional de engaño. Se puede perpetuar por uno de los cónyuges o por una tercera persona, pero el resultado final es el mismo: una de las partes contrayentes da su consentimiento porque él/ella fue engañada. Si el engaño se llevó a cabo con el fin de hacer que el matrimonio se llevara a cabo esta causa de nulidad puede ser considerada.
¿Usted o su ex-cónyuge intencionalmente falsificaron u ocultaron información necesaria para que la otra persona pudiera tomar una decisión matrimonial bien informada? ¿Hubo otra persona (uno de los padres, por ejemplo) que ocultó información necesaria por evitar una decisión matrimonial bien informada? ¿Fue el engaño hecho intencionalmente con el fin de llegar a un acuerdo de la otra persona para casarse? ¿Si la verdad se hubiese conocido y el engaño no se hubiese realizado, se hubiese llevado a cabo el matrimonio? Si el engaño se descubrió después, tuvo un efecto inmediato en el matrimonio? ¿Ocurrió la separación o el divorcio a causa de este hecho?
Error acerca de la unidad del matrimonio (canon 1099)
Para que un matrimonio sea válido, ambos cónyuges deben ser fieles del uno con el otro en el matrimonio. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la creencia equivocada que la infidelidad, la poligamia, o la poliandria eran posibles, esta causa de nulidad puede ser considerada. Esta creencia tiene que haber sido sostenida firmemente, en otras palabras, el matrimonio se concibe como una relación que permite múltiples cónyuges o compañeros sexuales. Lo que invalida al matrimonio es el error presente desde el principio, que considera que el matrimonio no exige la fidelidad sexual. Adulterio en sí no es motivo.
En el momento del matrimonio, ¿Creía usted o su ex-cónyuge que era aceptable tener otras parejas sexuales después de contraer matrimonio? ¿Hubo algo en el historial familiar que explicara la creencia que el matrimonio no era una relación exclusiva (totalmente fiel)? ¿Fue usted o su ex-cónyuge criado en un ambiente donde había infidelidad sexual, cohabitación o varias parejas sexuales? ¿Algunos de sus familiares consideraban la infidelidad o la unión libre como algo aceptable o deseado? ¿Fue usted o su ex-cónyuge infiel en relaciones previas? ¿Fueron algunos de los dos criados en hogares en el que no se practicaba ninguna religión o una religió que aceptaba la poligamia? Al momento de su matrimonio, ¿aceptaba usted o su ex-cónyuge la noción de un matrimonio “abierto”? ¿Alguno de los dos aceptaba la idea de tener múltiples parejas sexuales o el “intercambio” de parejas con otros? ¿Fueron ustedes alguna vez infiel durante su noviazgo o su compromiso? ¿Consideraron ustedes aceptable o deseable la idea de cohabitar o vivir juntos en unión libre? ¿Uno u otro fueron sexualmente infieles durante su matrimonio?
Error acerca de la indisolubilidad del matrimonio (canon 1099)
Para que un matrimonio sea válido, ambos cónyuges deben estar de acuerdo en la absoluta perpetuidad del matrimonio. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la creencia equivocada que el matrimonio es un arreglo temporal, que el divorcio era siempre una opción, o que el volverse a casar puede ser una posibilidad, esta causa de nulidad puede ser considerada. El error podría incluir la noción de que el matrimonio dura sólo mientras los cónyuges así lo deciden o sólo el tiempo que dura el amor, o que el estado tiene la autoridad de disolver un matrimonio por medio del divorcio. Esta creencia tiene que haber sido firmemente sostenida, en otras palabras, el matrimonio solo se concibe en forma que permita la posibilidad de terminar o disolver el matrimonio.
¿Fue usted o su ex-cónyuge criados en un hogar donde no practicaban ninguna religión? ¿Proviene usted o su ex cónyuge de un hogar donde hubo muchos casos de divorcio y de vueltos a casar? ¿Consideraban sus familiares aceptable o deseable el divorcio o el volverse a casar? ¿Pensaban ustedes que su matrimonio no sería perpetuo? ¿Firmaron ustedes un acuerdo pre-nupcial porque pensaban que el matrimonio no sería para siempre? ¿Alguno de los dos aceptó la idea de un matrimonio “en período de prueba,” con el entendimiento que se divorciarían si las cosas no resultaban? Al momento que entraron al matrimonio, ¿hubieran dicho que se podrían divorciar y volverse a casar por una razón en particular (por ejemplo, abuso físico, adulterio, si no eran felices, enfermedad)? Si se les hubiese dicho a usted y a su ex-cónyuge que el divorciarse y el volverse a casar por cualquier otro motivo sería imposible, ¿hubiese uno de ustedes decidido no contraer matrimonio? ¿Creían claramente, uno o ambos, que era su derecho divorciarse y volverse a casar según lo desearan?
Error acerca de la dignidad sacramental del matrimonio (canon 1099)
Una persona puede entrar en el matrimonio válidamente cuando él o ella están en simple error (mantener una falsa opinión) sobre el carácter sagrado o la naturaleza sacramental del matrimonio entre dos personas bautizadas. Sin embargo, si uno o ambos cónyuges entraron matrimonio con una creencia errónea de que el matrimonio es simplemente una cuestión civil o laical y que no tiene ninguna relación con lo sagrado para los bautizados, esta causa de nulidad puede ser considerada. Esta creencia tiene que haber sido firmemente sostenida, o en otras palabras, el matrimonio solo se concibió como algo o meramente secular.
¿Usted o su ex cónyuge vienen de un entorno familiar en el que no existía la práctica de la religión? ¿Alguno de ustedes viene de una creencia religiosa que enseña claramente que el matrimonio no es un sacramento, ni un vínculo sagrado? ¿Alguno de ustedes cree firmemente que el matrimonio no era más que un contrato civil, con sólo efectos civiles, sin relación con la religión o la iglesia? ¿Estuvo casado por un juez o un funcionario civil porque no quería una boda por la iglesia? ¿Alguno de ustedes tiene la intención de casarse civil civilmente sin pensar en trasfondo religioso? Si usted contestó sí a cualquiera de las preguntas anteriores, sería que se hubiese cancelado el matrimonio si la otra persona hubiera insistido en una boda por la iglesia, o insistiera en que el matrimonio es una cuestión religiosa? ¿Alguno de ustedes cree firmemente que el matrimonio es sólo de naturaleza secular y que nunca podría imaginar el matrimonio tuviese algún elemento religioso o sagrado? ¿Alguno de ustedes tiene odio o aversión hacia la religión?
Simulación total del consentimiento (canon 1101)
Simular el consentimiento significa decir una cosa externa, pero con otra intención muy diferente internamente. Simulación total del consentimiento significa que uno o ambos cónyuges en el momento de casarse no tuvieron la intención de entrar en un matrimonio real. En su lugar, algo muy distinto fue pensado. Esta causa de nulidad puede ser considerada si uno o ambos cónyuges “pretendió” casarse, sin la intención de entrar en un matrimonio real y duradero.
¿Fue un matrimonio “arreglado”, por ejemplo: por sus padres, es decir, que usted y a su ex cónyuge se les “dijo” que se iban a casar con otra persona? ¿Usted y su ex cónyuge estuvieron de acuerdo en casarse por otras razones distintas a estar enamorados y el deseo de estar juntos? ¿Hubo alguna razón por la cual usted decidió ir a través de una ceremonia de boda sin estar enamorado(a) (por ejemplo, para obtener la ciudadanía, para escapar de su hogar, o para el seguro, el bienestar o con fines financieros)? Si usted contestó sí a cualquiera de estas preguntas, ¿Se separó poco después del matrimonio o tan pronto como se cumplieron esas condiciones?
Intención en contra del bien de la perpetuidad (canon 1101)
Un matrimonio válido incluye tres “bienes” esenciales – los hijos, la fidelidad y la perpetuidad. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la intención de excluir la perpetuidad del matrimonio, esta causa de nulidad puede ser considerada. El matrimonio, por su propia naturaleza, es una alianza permanente que no se puede romper o disolver ni por los propios cónyuges. El matrimonio no es válido si uno de los cónyuges entra en él con la intención de hacer que el matrimonio sólo sea temporal, de divorciarse y volverse a casar como una opción, o reservándose el derecho de romper el matrimonio.
¿Usted o su ex cónyuge creyeron que uno de los dos tenía el derecho de terminar el matrimonio en cualquier momento y posiblemente volver a casarse con otra persona? ¿Alguno de ustedes tuvo la intención de un tener un “matrimonio de prueba?” ¿Alguno de ustedes vienen de un antecedente religioso que enseña que el divorcio era aceptable, tal vez bajo ciertas circunstancias (por ejemplo, el adulterio, el abuso físico, la infelicidad, enfermedad)? ¿Fueron alguno de los dos divorciados y vueltos a casar varias veces antes de entrar en este matrimonio? Si es así, ¿esa persona vio el compromiso matrimonial de una manera tal que incluye necesariamente el divorcio como una posibilidad? Fue el divorcio incluido como una opción para hacer frente a un matrimonio infeliz? ¿Había una historia de divorcio, ya sea en su familia o su ex cónyuge, o entre amigos? ¿Firmó un acuerdo prenupcial porque usted pretendió el divorcio como una opción posible? ¿Cree que el matrimonio se hubiera cancelado si usted y su ex cónyuge le hubieran dicho que el matrimonio era absolutamente indisoluble y que el divorcio no era posible?
Intención en contra del bien de los hijos (canon 1101)
Un matrimonio válido incluye tres “bienes” esenciales – los hijos, la fidelidad y la perpetuidad. Esta causa de nulidad puede ser considerada si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la intención de excluir la procreación y formar una familia. Esto puede tomar varias formas: una intención pura y simple de tener hijos en el matrimonio, la decisión o intención de retrasar o posponer los hijos hasta más tarde en el matrimonio sin que nunca llegaran a tenerlos, la esterilización, o el uso consistente de control de la natalidad para evitar el embarazo. El resultado suele ser que ningún hijo fue concebido después del día de la boda, o ya de qué manera deliberado o intencional esta posibilidad fue limitada desde el principio.
¿Usted o su ex cónyuge creyeron firmemente que tenían el derecho de determinar si deseaban tener hijos en este matrimonio y cuándo tenerlos? En el momento del matrimonio, ¿Alguno de ustedes decidió o tuvieron la intención de retrasar o posponer la maternidad hasta algún tiempo después? ¿Hubo un tiempo definido o condición para que estuviesen abiertos a los hijos en el matrimonio, pero no inmediatamente después del matrimonio (por ejemplo, después de terminar la escuela, o después de ahorrar el dinero, o después de un cierto número de años)? ¿Tomaron la decisión antes del matrimonio de no tener hijos? Incluso si hubiese habido un embarazo prematrimonial, ¿tenían la intención de tener más hijos en el matrimonio? ¿Había un límite en el número de hijos que tendrían en el matrimonio? Si usted contestó sí a cualquiera de estas preguntas, ¿pensaron en medios definitivos para evitar el embarazo (por ejemplo, anticonceptivos o preservativos, el aborto, la esterilización por vasectomía o ligadura de trompas?
Intención en contra del bien de la fidelidad (canon 1101)
Un matrimonio valido incluye tres elementos esenciales “el bien” – los hijos, la fidelidad y la perpetuidad. Si uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con la intención de excluir la fidelidad absoluta, esta causa de nulidad puede ser considerada. Fidelidad o exclusividad en el matrimonio significa tener un solo cónyuge destinado únicamente como una pareja sexual de por vida. La fidelidad absoluta prohíbe la apertura a otras relaciones sexuales. Cuando uno entra en el matrimonio con la intención de excluir tal fidelidad absoluta, (en otras palabras, abiertos a la posibilidad o el pensamiento de que se puedan tener otras parejas sexuales), entonces el matrimonio no es válido. Es importante tener en cuenta que lo que invalida el matrimonio es la intención desde el principio, de consentir con la infidelidad, pues el adulterio en sí no es una causa de nulidad.
¿Usted o su ex cónyuge creyeron que tenían el derecho a mantener otras parejas sexuales durante este matrimonio? Si la respuesta es sí, ¿tuvo intención de reclamar este derecho? ¿Alguno de ustedes o ambos tuvieron la intención de tener un matrimonio “abierto” que permitiera otras parejas sexuales? ¿Alguno de ustedes vienen de un entorno familiar donde había muchas parejas sexuales, o eran sus padres sexualmente infieles durante su matrimonio? La infidelidad sexual era aceptable para usted o su ex-cónyuge? ¿Alguno de ustedes ve el matrimonio de una manera tal que permitiría la infidelidad sexual o múltiples parejas sexuales? ¿Fue alguno de ustedes sexualmente infiel al otro durante su compromiso? Estuvo sexualmente activo antes del matrimonio? ¿Usted cohabitó o vivió junto con su ex cónyuge antes de casarse? ¿Alguno de ustedes cohabitó o vivió con otra persona antes de este matrimonio? ¿Hubo infidelidad real o adulterio durante su matrimonio?
Condición de futuro (canon 1102 §1)
Para entrar en un matrimonio válido, una persona no debe tener ninguna reserva o condición futura. Se requiere que los cónyuges den su consentimiento libre y total al casarse entre sí. Si una persona entra en el matrimonio a la espera de ver si en el futuro se cumplirá una determinada condición o no (por ejemplo, que uno de los cónyuges cambie de religión en el futuro, o tener una determinada profesión) que el matrimonio no se considera válido. A menudo una condición está unida por las dudas sobre el futuro cónyuge. Este motivo puede ser considerado si uno o ambos de los cónyuges entraron matrimonio con una condición a propósito de algún evento en el futuro.
¿Usted o su ex cónyuge añadieron cualquier condición con respecto al futuro de su matrimonio (por ejemplo, voy a casarme con la condición de que: … siempre vamos a vivir en esta área,.. usted completará su título de médico,… se convertirá católico,…? ¿Usted firmó un acuerdo prenupcial pensando que el divorcio era una opción si no se cumplía una condición futura? Si usted contestó sí a cualquiera de estas preguntas, ¿el matrimonio hubiese sido cancelado si el otro cónyuge no estaba de acuerdo con la condición? ¿Usted se casó con dudas acerca de su ex-cónyuge que causó que usted adjuntara una condición al matrimonio? ¿Sigue la condición sin cumplirse, y si es así, esto lo llevo a la separación final?
Condición de pasado (canon 1102 § 2)
Para entrar en un matrimonio válido, una persona debe dar su consentimiento libre e incondicional. Una condición pasada se refiere a la existencia o inexistencia de un hecho, por lo general en relación con el pasado del cónyuge. La colocación de tal condición pasada en el matrimonio plantea cuestiones graves, y se invalida el matrimonio cuando se demuestra que la condición en la que la decisión dependía del matrimonio, no se cumplió en el momento del matrimonio. Esta causa de nulidad se puede considerar cuando uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con una condición expresada basada en algo del pasado.
¿Usted o su ex cónyuge añadieron cualquier condición relacionada al pasado en su matrimonio? (por ejemplo, “me voy a casar con la condición de que: … nunca estuvo casado antes, la universidad… que haya terminado, usted era… Nunca en la cárcel,… nunca abusó de drogas antes “). ¿Firmó un acuerdo pre-nupcial o cualquier otro documento relacionado a una condición pasada? ¿El matrimonio se canceló si la condición no se cumplió? ¿Se casó con cualquier duda acerca de su ex-cónyuge que causó que usted pusiera una condición? ¿Sigue la condición sin satisfacerse, si es así, fue esta una razón para la separación?
Condición de presente (canon 1102 §2)
Para entrar en un matrimonio válido, una persona debe dar su consentimiento libre e incondicional. Una condición actual se refiere a la existencia o inexistencia de un hecho o circunstancia en la actualidad (por ejemplo, una condición médica, carrera, un carácter o rasgo). A menudo, una condición es colocada debido a las dudas acerca del futuro cónyuge. La colocación de tal condición en el matrimonio plantea cuestiones graves, y se invalida el matrimonio cuando se demuestra que la condición en la que la decisión dependía del matrimonio no se cumplió en el momento de haber entrado en el matrimonio. Esta causa de nulidad se puede considerar cuando uno o ambos cónyuges entraron al matrimonio con una condición expresada en base a algo presente o ausente en el momento del matrimonio.
¿Usted o su ex cónyuge añadieron cualquier condición relacionada al matrimonio actual (por ejemplo, voy a casarme con la condición de que: … usted no tiene una enfermedad de transmisión sexual,… usted es el padre / madre de mi hijo… usted está virgen,… no abusado de drogas o alcohol,… usted está libre de deudas”)? ¿Firmó un acuerdo pre-nupcial o cualquier otro documento relacionado a esta condición para el matrimonio? ¿Se casó con dudas acerca de su ex-cónyuge que causó que usted colocara una condición? ¿El matrimonio hubiese cancelado si se hubiese descubierto que la condición no se cumplió o era falsa? ¿Sigue la condición sin satisfacerse, y de ser así, fue esta una razón para la separación o el divorcio?
Violencia y miedo grave (canon 1103)
Una persona debe elegir libremente si desea casarse o de lo contrario el matrimonio es inválido. La fuerza es una grave amenaza desde fuera de la persona, y puede ser infligido intencionalmente o no, incluso por una persona bien intencionada. El miedo es el resultado interno de la fuerza externa. Debe ser a la vez grave y convincente, para que la persona decida casarse para escapar de la fuerza y o el miedo. Esta causal puede ser considerada si uno o ambos cónyuges se casaron con el fin de estar libre de alguna fuerza externa o algún miedo interno que estaba relacionado con la decisión del matrimonio. La elección, entonces, no era tanto para casarse, pero para ser libre de la fuerza externa o el miedo interno del momento.
¿Fue usted o su ex cónyuge presionado de alguna manera para casarse? ¿Fue idea de o de otra persona para que usted se casara y no el suyo o su ex-cónyuge? ¿Usted o su ex cónyuge sintieron en algún momento que no tenía opción verdadera sino de casarse el otro con el otro? ¿Tuvo usted o su ex cónyuge un miedo profundo que al no casarse provocaría un daño grave o amenaza? ¿Hubo, de hecho, una amenaza de no casarse? ¿Hubo alguien, daño o castigo en peligro si no se casaban? (La fuerza o amenazas podrían provenir de los padres, la familia, el empleador, la iglesia, las expectativas culturales, etc.)
Miedo reverencial (canon 1103)
La decisión de casarse se debe hacer de una manera libre y consciente, de lo contrario el matrimonio no es válido. Si uno o ambos de los cónyuges decidieron casarse principalmente a causa de un grave temor de desagradar a una persona que fue una figura de autoridad importante, podría utilizarse esta causal. Al igual que en la causal anterior, el temor reverencial es una emoción interna que surge de alguna fuerza externa. La fuerza externa puede haber sido una sugerencia fuerte (o un comando) para entrar en el matrimonio, o una expresión de desaprobación sobre una alternativa al matrimonio. Actuando en virtud del temor reverencial, a continuación, se opta por casarse porque el no hacerlo podría disgustar mucho a una persona o ideología que es subjetivamente importante.
¿Fue usted o su ex cónyuge obligado o presionado para casarse por una persona importante en su vida (por ejemplo, padres, clero, familiares, un profesor)? Si es así, ¿fue idea de la otra persona y no la suya o de su ex-cónyuge para casarse? ¿Hubo otra persona que planeó la boda bajo una condición (por ejemplo, una herencia, un trabajo, o el bautismo de su hijo)? En el momento del matrimonio, ¿usted o su ex cónyuge dependieron de sus padres u otras personas para tomar decisiones importantes, y si es así el matrimonio fue planeado por sus padres o familiares sin que usted lo hubiera decidido? ¿Fue este matrimonio arreglado por sus padres o familiares, y no su opción? ¿Cree usted que el matrimonio no se habría realizado si alguien importante para usted o su ex cónyuge no hubiera insistido en que se casaran? ¿Alguno de ustedes realmente quisieron cancelar el matrimonio, pero se sentían presionados para hacerlo de todos modos (por ejemplo, por un padre diciendo: “Todos los arreglos se hacen y que insisten en que usted va a través de sus planes?
Convalidación
Una persona católica quiere tener un matrimonio válido reconocido por la Iglesia, el cual es realizado sólo a través de un nuevo matrimonio en la Iglesia. Cada parte debe renovar su decisión y formular un nuevo consentimiento. Ellos deben entender que están empezando su matrimonio sacramental, no “bendición” del matrimonio inválido existente. Esta causal se aplica si uno o ambos cónyuges eran católicos, primero entró un matrimonio nulo no reconocido por la Iglesia, y más tarde tuvo el matrimonio convalidado en la Iglesia Católica. Esta causal puede ser considerada si la convalidación no se hizo libremente y con conocimiento, o si los cónyuges no tenían la intención de entrar en un nuevo matrimonio sacramental en el momento, pero vieron la convalidación simplemente como una continuación del matrimonio inválido existente.
¿En el momento en que se casó con su ex cónyuge, era uno de ustedes católico? ¿El matrimonio se realizó “fuera de la Iglesia católica”, es decir, no de acuerdo a las leyes de la Iglesia? Si es así, fue posteriormente convalidado o “bendecido” en la Iglesia Católica? ¿Había una razón específica para que el matrimonio sea validado (por ejemplo, el bautismo de un niño, la enfermedad de un miembro de la familia, etc.)? Hubo graves problemas matrimoniales antes de que ocurriera la convalidación, y si es así, qué usted o su ex cónyuge creen que la validación o “bendición” ayudarían a resolver esos problemas? Cuando el matrimonio se validó o “bendijo”, ¿Usted o su ex-cónyuge cree que se trataba simplemente de un tipo de “renovación” de sus votos matrimoniales anteriores? ¿Alguno de ustedes piensa que la validación era simplemente una ceremonia que pasar, y no un nuevo compromiso con el matrimonio? ¿Alguno de ustedes piensan que el matrimonio civil fue su matrimonio “real”, y la validación era sólo una formalidad? ¿Continuó celebrado su aniversario en la fecha de su matrimonio original fuera de la iglesia?